Novedades en el tipo impositivo de IVA de ciertos productos

Con fecha de entrada en vigor 28-6-24, se publica el RDL 4/2024 que introduce las siguientes medidas respecto al Impuesto sobre el Valor Añadido:

Con efectos desde el 1-7-2024 y hasta el 30-9-2024, se extiende:

La aplicación del tipo del 5% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los aceites de semillas y pastas alimenticias. El recargo de equivalencia para estos productos es el 0,62%.

La aplicación del tipo del 0% a las a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes bienes:

– el pan común, masa de pan común congelada, el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común y las harinas panificables;

– la leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo;

– quesos y huevos;

– frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo;

– como novedad, los aceites de oliva.

Para estos productos el tipo de recargo de equivalencia es el 0%.

Con efectos desde el 1-10-2024 hasta el 31-12-2024 se aplicarán los siguientes tipos impositivos:

El tipo del 7,5% a los productos relacionados en el punto a) anterior. El recargo de equivalencia para estos productos es el 1%.

b) El tipo del 2% a los productos relacionados en el punto b) anterior. El recargo de equivalencia para estos bienes es el 0,26%.

3. Con efectos desde el 1-1-2025 , se incluye dentro del tipo superreducido a los aceites de oliva -4%- (LIVA art.91.Dos.1.1º.g redacc RDL 4/2024).