Claves para reducir el impacto fiscal en la Renta 2020

Como cada año, noviembre es el momento de revisar el ejercicio fiscal que está a punto de terminar y analizar si podemos tomar medidas que reduzcan el impacto de nuestra declaración 2020. Si esperamos a la campaña de presentación de la renta (de abril a junio de 2021), ya será tarde. Por eso, vamos a proponer algunos aspectos válidos hasta el 31 de diciembre de 2020.

Este ejercicio es especialmente importante, ya que el Proyecto de la Ley de Presupuestos para 2021 prevé una subida generalizada del IRPF, en la que destaca:

  • Aumento de 2 puntos para las rentas del trabajo de más de 300.000€.
  • Aumento de 3 puntos para las rentas de capital mobiliario de más de 200.000€.
  • Incremento de un 1% en el impuesto para patrimonios de más de 10 millones de euros.
  • Límite a las deducciones en el Impuesto de Sociedades.
  • Tributación mínima del 15% para ‘socimis’.
  • Reducción de desgravaciones en planes de pensiones.

Por todo ello, conviene tener en cuenta los siguientes aspectos:

Revisar los planes de pensiones

Ante una previsible subida de tipos de las rentas del trabajo, la aportación a los planes de pensiones reducirá la tributación del tramo más alto, con las ventajas adicionales de que todo lo aportado no se incluirá en nuestra declaración del Impuesto sobre el Patrimonio ni en el futuro formará parte de la masa de nuestra herencia.

En este aspecto, es óptimo recordar que los planes de pensiones se pueden rescatar en el momento de la jubilación y también cubren la contingencia de fallecimiento, discapacidad y dependencia severa o gran dependencia.

Además, el Proyecto de la Ley de Presupuestos para 2021 incluye una reducción de la aportación máxima, de 8.000€ a 2.000€, por lo que puede ser una última oportunidad para aportar hasta 8.000€ para disfrutar de las deducciones fiscales vigentes hasta ahora. Seguirán existiendo los incentivos de desgravación, aunque con un tope inferior.

Repasar las pérdidas de los últimos cuatro años

Es conveniente hacerlo si interesa realizar alguna ganancia patrimonial antes de que prescriba la posibilidad de poder compensarlas. De cara a las ganancias, conviene recordar que los mayores de 65 años pueden vender su vivienda habitual sin tributación en IRPF (no exenta de posibles plusvalías municipales). Y, si se venden otros activos, como inmuebles, acciones, fondos de inversión… no tributarían hasta 240.000€ de inversión si se contrata un seguro de renta vitalicia en los 6 meses siguientes.

Donaciones

En estos momentos en los que son tan necesarias, las donaciones a entidades sin ánimo de lucro están incentivadas con una deducción muy importante: hasta el 75% (los primeros 150€ donados).

Con respecto a las donaciones de padres a hijos, las realizadas antes de 31 de diciembre de 2020 pueden rebajar la factura fiscal del Impuesto sobre el Patrimonio y del IRPF del donante. Sin embargo, se le puede generar al donante una ganancia patrimonial igual a la diferencia del valor de mercado de lo donado y su precio de adquisición, por lo que conviene repasar si puede realizar alguna pérdida antes de fin de año que compense dicha ganancia.

Si la donación genera una pérdida al donante, no podrá compensarla con ganancias patrimoniales. Además, si quiere conservar el control y los rendimientos de los bienes donados, existen fórmulas jurídicas para conseguirlo (donar sólo la nuda propiedad y conservar el usufructo).

Amortización de hipotecas

Si la vivienda habitual se adquirió antes del 1 de enero de 2013, se aplica la deducción del 15% hasta 9.040€ por la amortización de los préstamos concedidos para su adquisición: por eso, podría ser un buen momento para amortizar una cantidad adicional antes de final de año.