¿Eres autónomo? Estos son los principales gastos deducibles de un autónomo que tribute por estimación directa

Se acerca el período para presentar la declaración de la renta y, como cada año, muchos autónomos tendrán que elaborarla teniendo en cuenta su sistema de estimación.

Sin embargo, en muchas ocasiones, algunos trabajadores por cuenta propia olvidan incluir algunos gastos deducibles que podrían servir para reducir su factura fiscal. En esta entrada intentaremos hacer un pequeño resumen con todos los gastos deducibles que puede incluir un autónomo. Estos son los principales.

¿Qué gastos pueden ser considerados como deducibles?

En líneas generales, y aunque no todos los gastos del autónomo pueden ser considerados como deducibles, la Agencia Tributaria establece una serie de criterios para que puedan ser incluidos como tales a la hora de presentar la declaración:

  • Deben ser gastos afectos a la actividad económica del autónomo. En ocasiones, esto es difícil de demostrar, especialmente en algunos supuestos como el teletrabajo, donde solo se afecta a la actividad una parte de la vivienda, algo que incluso ha generado controversia con la última ley de autónomos.
  • Salvo casos muy concretos, deben estar convenientemente justificados mediante las correspondientes facturas o recibos.
  • Deben estar registrados contablemente en los libros de gastos e inversiones del autónomo.
Los criterios para considerar un gasto como deducible no siempre están claros. Tal es el caso de los autónomos que trabajan desde casa y que deben afectar una parte de la vivienda a su actividad económica.

Los principales gatos deducibles del autónomo

A continuación, os mostramos alguno de los gastos más habituales que debe considerar el autónomo, siguiendo la relación establecida por Hacienda.

Consumos de explotación

Dentro de esta categoría se incluyen todas las compras de mercaderías, materias primas y auxiliares, combustibles, elementos y conjuntos incorporables, envases y material de oficina. El consumo del ejercicio se realiza en base a la siguiente fórmula: consumos = existencias iniciales + compras – existencias finales.

Sueldos, salarios y otros gastos de personal

Se consideran también como deducibles los pagos realizados a los trabajadores en concepto de sueldos, pagas extraordinarias, dietas y gastos de viajes, retribuciones en especie, premios e indemnizaciones. Además, también son deducibles otros gastos de personal, tales como gastos de formación, indemnizaciones por rescisión de contrato, seguros de accidentes de personal, obsequios realizados en favor de nuestros empleados y contribuciones a planes de pensiones o de previsión social empresarial.

Seguridad Social a cargo de la empresa

La totalidad de las cotizaciones derivadas de la contratación de trabajadores, así como las correspondientes al empresario autónomo, también son gastos deducibles en el IRPF.

Aportaciones a mutualidades de previsión social

Con la reforma fiscal, desde enero de 2015 se considera como deducible el 50% de la aportación por contingencias comunes. Hasta ese momento, tan solo eran deducibles las aportaciones de los profesionales autónomos no integrados en el RETA que tengan la alternativa legal de cotizar a una mutua, con un máximo de 4.500 € anuales.

Arrendamientos y cánones

Dentro de esta categoría se incluyen alquileres, cánones, gastos de asistencia técnica, cuotas de leasing (arrendamiento financiero) que no tengan por objeto terrenos, solares u otros activos no amortizables.

Reparaciones y conservación

Todos aquellos gastos de mantenimiento, repuestos y adaptación de bienes materiales son deducibles, con la excepción de aquellos que supongan una ampliación o mejora, al considerarse inversiones amortizables en varios años.

Servicios de profesionales independientes

Como, por ejemplo, honorarios de economistas, abogados, auditores, notarios y otras comisiones de agentes comerciales o mediadores independientes.

Otros servicios exteriores

Entre ellos se incluyen gastos en investigación y desarrollo, transportes, primas de seguros, servicios bancarios, publicidad y relaciones públicas, suministros de electricidad, agua, telefonía y los gastos de oficina no incluidos en los conceptos anteriores.

Impuestos y tributos fiscalmente deducibles

Algunos tributos son deducibles en el IRPF. Entre ellos, el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), el IAE y otros tributos y recargos no estatales, así como otras tasas, recargos y contribuciones estatales, con excepción de las sanciones y recargos de apremio o por presentar la declaración de Hacienda fuera de plazo. El IVA soportado únicamente será deducible en el IRPF cuando no sea degravable a través de las declaraciones de IVA, por ejemplo, en aquellos casos en los que no se presenten declaraciones trimestrales.

Gastos financieros

Entre los que se incluyen los intereses de préstamos y créditos, los gastos de gestión por descuento de efectos comerciales, recargos por aplazamiento de pago de deudas o intereses de demora en el aplazamiento de pagos Hacienda.

Amortizaciones

El importe del deterioro del inmovilizado material afecto a la actividad. Este gasto puede revestir especial complejidad en el supuesto de estimación directa normal, al existir determinados supuestos de libertad de amortización.