Régimen sancionador declaraciones informativas
Presentación fuera de plazo (artículo 198 LGT).
La sanción en las informativas es por número de datos. Sin requerimiento supone 10 € por dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad. Mínimo de 300 € y máximo de 10.000 €. (Con requerimiento previo es el doble).
!Ojo¡ OM 2194/2013 “razones de carácter técnico no fuera posible la presentación por internet” hasta 4 días después. (En las autoliquidaciones la previsión es distinta. “Desde el pago a la presentación”). Contactar con Informática o comunicarlo de cualquier forma.
Vía distinta a la telemática.
Adquiere especial importancia desde 2013 por generalización de la vía telemática.
Se aplicará el nuevo régimen sancionador por incumplimiento de la obligatoriedad de presentación telemática de declaraciones Introducido por la Ley 7/2012. Modifica LGT (art. 199).-Lleva aparejada sanciones: Ley 34 /2015, deja mínimos a 250 €.
Fijas en el supuesto de autoliquidaciones, declaraciones u otros documentos con trascendencia tributaria… (1.500 €).
-Variables en función del número de datos (100€) /importe de las operaciones (1%), con un mínimo de 1500 €, en el supuesto de declaraciones informativas.