Acciones en la planificación del cierre fiscal del ejercicio
Se acerca el cierre del ejercicio y se deben revisar las contabilidades y mantener reuniones precierre con nuestros clientes para planificar el resultado fiscal y contable del año.
En esta reunión se adoptarán una serie de medidas para la planificación del cierre contable y fiscal de nuestros clientes.
Entre estas medidas destacan:
- Periodificación de ingresos en aquellas sociedades que se dediquen a la prestación de servicios: En los casos de emitir una factura en el ejercicio corriente y que la prestación del servicio corresponda a este ejercicio y al siguiente, se deberá periodificar los ingresos de tal manera que se impute al ejercicio a cerrar la parte efectivamente devengada y no el total.
- Provisión de gastos: Ligado con el punto anterior, es necesario provisionar aquellos gastos devengados en los ejercicios que aún no hemos recibido factura. Se debe provisionar la parte proporcional que corresponda con el ingreso tenido en cuenta en este ejercicio, que a su vez será el que nos hayan prestado. De esta manera se consigue la correlación de ingresos y gastos.
- Periodificación de gastos: Es aconsejable revisar los gastos que se pagan anualmente e imputar al ejercicio la parte de los gastos devengada. Así, si en junio se paga una póliza anual de un seguro se deberá tener en cuenta únicamente la mitad. Esto deberá realizarse todos los años de la misma manera para tener una concordancia entre los distintos ejercicios.
- Amortizaciones: Se debe elegir el método de amortización más conveniente y reflejar contablemente la dotación a la amortización.
- Inventarios: Las existencias deben ajustarse a la realidad del almacén mediante el asiento de variaciones de existencias. Se incluirá en este apartado las posibles depreciaciones. Igualmente, se recomienda revisar que los márgenes son correctos y guardan relación con los márgenes resultantes de ejercicios anteriores.
- Prorrateo de pagas extras: Se puede ajustar el resultado contable realizando el prorrateo de las pagas extras atendiendo a su ejercicio de devengo.
- Bonus: Los socios administradores y trabajadores de la sociedad, a menudo reciben un incremento salarial al finalizar el ejercicio, fruto del resultado de la empresa. Dicha retribución extraordinaria supone un gasto fiscalmente deducible para la sociedad pero hay que tener precaución con la repercusión fiscal en la Declaración de Renta del socio o trabajador. Otra posibilidad es repartir dividendos con cargo a las reservas, si bien esto no supone un gasto fiscalmente deducible para la sociedad.
- Otra documentación: Hay que recordar al cliente la importancia de tener justificadas determinada operaciones como puede ser:
o Saldos anómalos en contabilidad: Es importante revisar que el saldo contable de caja o de socios esté controlado y pueda ser justificado.
o Hoja de dietas: Correcta cumplimentación y justificación de los viajes de desplazamiento y estancia de los trabajadores.
o Justificaciones de servicios prestados y/o recibidos: presupuestos, contratos, mails etc.
o Relación de movimientos de caja y pagos en efectivo.
- Revisión fecha de alta de aquellos profesionales que facturan con retención. Para todos los que iniciaron su actividad en el ejercicio 2015, para el ejercicio 2018 su tipo de retención pasará de ser un 7% a un 15%.
- Seguimiento del desequilibrio patrimonial.
Es muy importante realizar un seguimiento de nuestros clientes y detectar aquellas sociedades que se encuentran en situación de desequilibrio patrimonial, es decir, cuándo el patrimonio neto de la sociedad se encuentra por debajo de la mitad de la cifra de capital social.