Se amplía hasta el 30 de junio el plazo de concesión de las dos ‘Líneas ICO’

El  Consejo de Ministros aprobó en su reunión de ayer un Real Decreto-ley mediante el que se adopta una serie de medidas urgentes en los ámbitos financiero y concursal para apoyar la liquidez y solvencia empresarial y de los trabajadores autónomos. De entre las medidas que incorpora, cabe destacar que se amplía hasta el 30 de junio el plazo de concesión de las dos Líneas de hasta 140.000 millones de avales públicos gestionadas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Según informó el Ejecutivo, las empresas y autónomos que lo soliciten y que cumplan con los criterios de elegibilidad (fundamentalmente, no estar en mora ni incursas en procedimiento concursal) podrán disponer de una ampliación en el vencimiento de los préstamos de la Línea de Avales del ICO para liquidez de hasta tres años adicionales, con un máximo de ocho años, desde los cinco actuales. Adicionalmente, podrán gozar de un plazo adicional de carencia en el pago del principal de 12 meses, siempre y cuando la carencia total no supere los 24 meses. Más del 73 % de las operaciones concedidas con cargo a la línea de liquidez tienen un plazo de entre 4 y 5 años, según los datos disponibles hasta el 31 de octubre.

Además:

  • Las entidades financieras no podrán incrementar de forma injustificada el tipo de interés ni exigir la contratación de productos vinculados y habrán de mantener las líneas de circulante hasta el 30 de junio de 2021 para los clientes que cumplan los criterios de elegibilidad y cuenten con un préstamo avalado al amparo de alguna de las dos Líneas de Avales de ICO.
  • Las entidades financieras aprobarán la ampliación de los plazos a solicitud del cliente en un máximo de 30 días.
  • A partir de la entrada en vigor de estos cambios, todas las operaciones de financiación garantizadas con aval del ICO contarán con un plazo de amortización que puede llegar a los ocho años. Se igualan así las características de la Línea de Avales aprobada en marzo con la de la Línea de Avales para inversión y liquidez, que se aprobó en julio, y que ya tenía ese plazo máximo.
  • Se prevé, asimismo, una rebaja de hasta el 50% de los aranceles notariales y registrales correspondientes a las operaciones relativas a la extensión de los plazos.

Según el Gobierno, con las modificaciones aprobadas se alivia de manera notable la carga financiera de autónomos y empresas que lo necesiten, de forma que puedan disponer de más tiempo para recuperar su actividad empresarial y hacer frente a sus obligaciones financieras.

Asimismo, para reforzar las medidas de apoyo a la liquidez y ampliar su alcance, podrán beneficiarse de los avales de la Línea de 40.000 millones de euros para liquidez e inversión aprobada en julio los pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF). De esta forma se fomenta el mantenimiento de las fuentes de liquidez proporcionadas por los mercados de capitales, como alternativa a la financiación bancaria.

Medidas en el ámbito concursal

El RD-ley establece también otras medidas para apoyar la solvencia, recuperación y mantenimiento de las empresas viables. Con este objetivo, se amplía el alcance temporal de algunas medidas aprobadas en materia concursal.

Estas medidas permitirán evitar el concurso de empresas que, en condiciones de normalidad, serían viables, proporcionándoles un tiempo adicional para su recuperación o para la negociación con sus acreedores.

De forma específica:

  • Se extiende hasta el 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes de concurso necesario presentado por los acreedores.
  • Se amplía el alcance temporal de las medidas de inadmisión a trámite por el juez de las solicitudes de incumplimiento de convenio que presenten los acreedores y de las solicitudes de incumplimiento de acuerdo de refinanciación.
  • Por otra parte, se eleva de 500 a 1.000 millones de euros el umbral de capitalización recogido en la Ley del Mercado de Valores a partir del cual una empresa está obligada a solicitar que la negociación de sus acciones pase de realizarse exclusivamente en un mercado de Pyme en expansión a hacerlo en un mercado regulatorio. De este modo se incentiva el desarrollo de los mercados de financiación alternativa.
  • Adicionalmente, se amplía el plazo de vigencia durante el ejercicio 2021 para que las juntas generales o las asambleas de socios puedan celebrarse por medios electrónicos, cuando no esté previsto en sus estatutos.
  • Con el fin de garantizar la continuidad de las instituciones en tanto se produce el proceso de renovación, se prevé que, tras la finalización del mandato del presidente, vicepresidente y consejeros no natos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), éstos puedan continuar en el ejercicio de sus funciones hasta el nombramiento de sus sucesores.

Reducción de IVA

Mediante este Real Decreto-ley se prorroga hasta el 30 de abril de 2021 la rebaja al 0 % del IVA aplicable a la compra de determinados productos sanitarios como mascarillas, guantes, gafas, gorros, batas impermeables, termómetros, respiradores, y diversos elementos de protección individual por parte de hospitales

Además se rebaja, hasta el 31 de diciembre de 2021, el IVA de las mascarillas al tipo superreducido, bajando del 21 % al 4 % y se adoptan una serie de disposiciones para la transposición de la normativa comunitaria en materia energética. De esta forma, el precio ha pasado de 0,96 euros a 0,72 euros la unidad, con un IVA del 21 %. La rebaja del gravamen al 4 % provocará una próxima disminución del precio máximo. Por tanto, está previsto que finalmente el precio de las mascarillas bajará en torno a un 35 %.

Deducciones e incentivos fiscales

Además:

  • Se modifica la deducción por innovación y se introducen diferencias, según la dimensión de la empresa, de forma que para pymes la deducción pasa a ser del 50%, mientras que para no pymes será del 15%.
  • Se amplía la deducción por inversiones en producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales para incorporar la fase de producción a la aplicación de este incentivo en las producciones de animación.
  • El Real Decreto-ley recoge además la modificación de una serie de incentivos fiscales al sector del automóvil para adecuarlos a la regulación comunitaria. De esta forma, se adapta la libertad de amortización para determinadas inversiones al Marco Nacional Temporal de Ayudas de Estado, y se modifican los límites temporales para poner en funcionamiento las inversiones y para aplicar el incentivo.