Desequilibrio patrimonial

Es muy importante, a la vez que procedemos a la aprobación de las Cuentas Anuales del ejercicio 2016, detectar si la sociedad se encuentran en situación de desequilibrio patrimonial, es decir, cuándo el patrimonio neto de la sociedad se encuentra por debajo de la mitad de la cifra de capital social.

En el caso de ocurrir esta circunstancia, que ya de por sí es causa de disolución, el Órgano de Administración deberá convocar Junta General de socios para adoptar las medidas oportunas con el objeto de solventar la situación de desequilibrio.

Las medidas a adoptar pueden ser el aumento o reducción del capital social, préstamo participativo o aportaciones para compensar pérdidas.

En el caso de no adoptar ninguna medida por parte de la Junta de General de socios, el Órgano de Administración deberá solicitar la declaración judicial de disolución de la sociedad, dado que si no lo hacen responderán solidariamente de las deudas sociales con su patrimonio.